Consumo Responde recalca la importancia de que las personas consumidoras y usuarias tomen las máximas precauciones a la hora de realizar una contratación del suministro eléctrico en el mercado libre de la electricidad, en especial cuando se reciben llamadas comerciales de empresas.
Este consejo se hace más necesario que nunca después de conocer diversas prácticas irregulares por parte de empresas de suministro energético, tal y como se recoge en una de las últimas resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), organismo que ha acreditado que una serie de comercializadoras ha llevado a cabo “actos de engaño y confusión” para la captación de clientes de otras comercializadoras de luz y de gas, con “miles de personas usuarias afectadas”, muchas de ellas personas mayores, motivo por el que se les ha impuesto una importante sanción.
En dicha resolución, se constatan diferentes estrategias llevadas a cabo como: el intento de captación de clientes haciéndose pasar por su compañía habitual; la comunicación a las personas consumidoras de una supuesta actualización o renovación de la tarifa, haciéndose pasar por su compañía habitual; el ofrecimiento de supuestos descuentos en la tarifa asegurando que seguirían vinculados a su compañía habitual; la comunicación de un supuesto cambio obligatorio de comercializadora debido a una supuesta desaparición o cambio de denominación de su compañía habitual, o la comunicación de un supuesto cambio de facturación o de distribuidora.
Consumo Responde
Consumo Responde expone la proliferación de campañas comerciales, en ocasiones agresivas e invasivas, por parte de las comercializadoras del mercado libre u otras empresas que actúan a través de ellas, es decir, subcontratas. Campañas que ofrecen a menudo descuentos o promociones atractivas que, en teoría, supondrían un ahorro importante en la factura, para lo que se pide a la clientela información de la factura.
Consumo incide en que hay que mostrar cautela porque, en ocasiones, estas campañas persiguen la obtención de datos personales, o hacerse con la firma de algún documento que pueda implicar: un cambio de la empresa comercializadora y paso al mercado libre; paso a contrato libre dentro de la propia empresa o inclusión en el nuevo contrato de servicios complementarios con una subida de precios encubierta. Asimismo, este tipo de contratación suele implicar un compromiso de permanencia.
Consumo Responde hace hincapié en que debe leerse detenidamente todo contrato y sus condiciones, informarse de manera especial si se incluyen servicios accesorios, de cuáles son las condiciones de revisión de precios de los contratos, o si existen compromisos de permanencia que impliquen penalización por cancelación.
En el caso de llamadas telefónicas comerciales –la venta a domicilio del gas y electricidad está prohibida–, hay que extremar las precauciones y la persona usuaria no tiene que dejarse presionar ni precipitarse en contratar ni firmar nada sin pensarlo con detenimiento. Y, ante todo, si no se está interesado en alguna supuesta oferta realizada por una de estas empresas, decir claramente ‘no’ y no dejarse llevar por supuestas ‘buenas palabras’ de la persona que nos habla.
Copia del contrato
Es fundamental solicitar una copia del contrato con todas las condiciones ofrecidas para un estudio pormenorizado antes de firmar nada. Asimismo, es de vital importancia no facilitar a nadie que visite el domicilio o llame por teléfono datos bancarios, datos de facturas anteriores o datos personales (por ejemplo, el DNI), ya que podrían ser utilizados para una contratación encubierta.
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