Las calles de Cádiz se han convertido en una odisea para residentes y comerciantes en los últimos días. Muchas novedades que asimilar. Los gaditanos tendrán que aprenderse de nuevo el callejero de la ciudad debido a las últimas modificaciones que ha llevado a cabo el Ayuntamiento de la ciudad.
Según apunta el equipo de Gobierno y el PSOE esta nueva modificación de las calles tiene por objeto dar cumplimiento a la Ley de Memoria Democrática. El punto clave de la modificación es eliminar referencias franquistas y aumentar la presencia en el callejero de la ciudad de las mujeres y así, de las 29 calles que se van a modificar, un total de 21 tendrán nombre de mujer.
Esta medida que conlleva el cambio en las denominaciones tradicionales de la calles no ha gustado a todos por igual y son varios los vecinos que han mostrado también su descontento, porque inconvenientes hay. Uno de los cambios más polémicos en estos días, por ejemplo, ha sido el del paseo Príncipe de Asturias, que ahora llevará el nombre de Luis Arenal Plat. Se trata de un dirigente vecinal que tanto luchó por los vecinos de esta zona de la ciudad. Con este cambio no hay un problema de contenido, pero si que la monarquía española queda fuera así del nuevo callejero.
Además una de las principales preocupaciones de los ciudadanos es saber cuáles son las consecuencias de esta nueva situación. Así que vamos a responder algunas de las dudas más comunes y a conocer cuáles son los pasos a seguir.
Acudir al Ayuntamiento
Cuando un Ayuntamiento procede a realizar un cambio en el nombre de la calle en la que vivimos tenemos que actualizar todos los documentos oficiales en los que consta la dirección. Cada ayuntamiento especificará a sus vecinos a qué organismos informarán del cambio del nombre en las calles.
Según explica Irene Martínez de CIASSER, Asesoría Laboral, Fiscal y Contable, “lo primero es pedir un certificado en el Ayuntamiento del cambio del nombre de la calle. Eso debe ser lo inicial ya que con ese certificado se pueden hacer los siguientes pasos”. En este certificado constará que se ha producido dicho cambio y en el que figure también el nombre antiguo y el nuevo de la calle.
Hacienda y tributos
Martínez explica que entonces se deben continuar las correcciones. “En Hacienda, por ejemplo, se debe hacer el cambio, mediante el modelo 030 si no se tiene actividad económica o el modelo 036/037 si se tiene actividad económica. Y para los tributos hay que comprobar que figura el domicilio correcto en el IBI, tasa basuras, vado, numero del coche…”.
Son los ciudadanos los que tienen que ser responsables de que los cambios en el nombre de su calle se han realizado. Es más, el no recibir un impuesto porque la dirección está mal no eximirá al vecino de este pago.
En cuanto a otros recibos habituales. Algunos ayuntamientos pueden comunicar a las empresas el cambio del nombre de las calles, pero no es una obligación por ello, ciudadanos vuelven a ser los que deberían ponerse en contacto con las empresas de servicios para que no se produzcan errores o futuros inconvenientes. Las entidades bancarias y la seguridad social son otros de los que conviene revisar.
DNI
Otro de los pasos iniciales fundamentales. Los ciudadanos deberán cambiar cuanto antes su dirección en el DNI, esto puede facilitar acciones posteriores. El tramite del cambio del nombre de la calle en este documento es gratuito por lo que no tendrán que pagar ninguna tasa.
Por otro lado, los expedientes relacionados con la nacionalidad son algunos de los que puede llevan más tiempo a la hora de ponerlos al día. En estos casos es más difícil realizar el cambio en el nombre de la calle.
Carnet de conducir
Para las posibles gestiones con tráfico y si tiene carnet de conducir, también necesitan realizar este cambio. Esto es importante sobre todo a la hora de gestionar multas. No hacer efectiva la nueva dirección, no exime al infractor del pago de la misma. “Hacer este cambio también es gratuito en la DGT”, apuntan desde CIASSER.
Escritura de una vivienda
Con relación a la escritura de la vivienda, con el certificado inicial se debe proceder al cambio en la inscripción de la finca. “En el registro de la propiedad deberán rellenar una instancia para proceder a este cambio de dato y pagar la correspondiente tasa”, explican desde CIASSER. El documento deberá graparse en la escritura para demostrar el cambio de nombre y las tasas a pagar pueden estimarse sobre 50 euros.
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